miércoles, 29 de marzo de 2023

Cambios de sexo y género

     ¿Es lícito cambiarse de sexo? En sentido biológico y católico no es ni lícito ni ilícito, es imposible. Puede intentarse una simulación de cambio por medios unos malos y otros peores, usar métodos que suponen graves pecados contra el respeto que cada uno debe a su cuerpo, a su salud e integridad, a los demás y a su derecho a la verdad. Pero ni se pueden cambiar cromosomas y genes, ni se puede cambiar el desarrollo embrionario que ya dejó su impronta diferenciadora de sexos en tan temprana etapa, ni menos se puede cambiar el designio creador de Dios para cada uno de nosotros conforme al «hombre y mujer los creó» del Génesis.

     ¿Y qué decir del cambio de género? El género es una tontería que se han inventado los de la ideología de género, una gavilla de delirios sin el menor anclaje en la realidad de las cosas, de los cuerpos, de los designios de Dios ni de nada. No tenemos que hacerle el menor caso y dado que el género no es nada real, su cambio tampoco afecta a la realidad, a lo sumo puede ser un formalismo burocrático de estados profundamente pervertidos en su legislación.
     En principio el género es una cuestión gramatical como lo son los adverbios o las oraciones subordinadas. En los idiomas que distinguen géneros se da mayor o menor correspondencia entre género y sexo, siendo numerosos los casos en que no se da. Es algo que no afecta a la realidad de las personas ni las cosas, tanto que puedo referirme a una misma persona en masculino o femenino, según yo quiera y sin faltarle al respeto ni a la persona ni a la gramática; puedo decir «es hombre digno de confianza» o «es persona digna de confianza» y en ambos casos el aludido se sentirá alabado (o la persona aludida se sentirá alabada).
     Parece que bastantes de los que viven en perpetua alucinación ideológica ya se han dado cuenta de lo inconsistente de todo ese montaje del género y ahora hablan más de «expresión de género» (unas 56 veces en la ley a la que luego me referiré). Incurren en una nueva inconsistencia ya que hasta hace poco tronaban contra los «estereotipos de género» y ahora defienden con insistencia machacona el derecho a la expresión de género que no es otra cosa más que vestirse, maquillarse y adoptar algunos otros comportamientos tradicionalmente asociados, es decir, estereotipados, como de un sexo u otro.
     ¿Qué significan palabras como hombre, mujer, masculino, femenino? Pues depende del contexto. No es lo mismo «sublimación» en Física que en Psicoanálisis; y si al preguntar por «sustancia» un alumno hubiese empezado a soltarme un rollo sobre Aristóteles y Descartes yo lo habría suspendido porque daba clase de Química, no de Metafísica. Lo mismo ocurre con hombre, mujer, masculino y femenino en el lenguaje católico, en el biológico y en el de la legislación española. Tenemos que saber en qué contexto estamos hablando para saber a qué se refiere. No quiero confundirme pensando que un documento oficial del Estado español, en el que se dice que cierta persona es mujer, corresponde a una mujer en sentido católico o biológico (esa confusión hasta podría tener graves repercusiones morales).
     De pequeñito, sin ningún esfuerzo especial por mi parte o por parte de mis educadores, aprendí a distinguir hombres de mujeres, el sexo masculino del femenino, dándose la feliz coincidencia de que con los mismos criterios de distinción y las mismas palabras podía hablar tanto en el sentido católico como en el biológico (al ser los únicos revelados por Dios, los enunciados doctrinales católicos concuerdan con la realidad de la creación visible e invisible). Cuando hay buen sentido, cuando nos guiamos por la razón que Dios nos ha concedido, incluso en la etapa infantil en que su uso es más limitado, todo encaja perfectamente.
     Ya iba para viejo cuando en las legislaciones de varios países, y también en la española, empezaron a introducirse nociones disparatadas de cambio de sexo o de género o mezcla de ambos. La máxima expresión, la cumbre de los disparates, se ha alcanzado en España al publicarse el primero de marzo un texto, que pretende ser una ley, y permite ¡ojalá fuese su único disparate! que cada uno vaya al Registro Civil y, sin más requisito ni fundamento que la propia petición, se cambie el sexo con que está inscrito y el nombre.
     Las 63 páginas del pesadísimo texto expelido por los legisladores incluyen abundantes referencias a la «rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas» ¡Ingenioso neolenguaje! Como cambiar el sexo biológico de una persona es imposible lo que se cambia es la anotación del Registro Civil. En vez de poner hombre, varón, macho o sexo masculino (ignoro el término que usa esa institución burocrática) se pone mujer, hembra o sexo femenino. Y a la inversa, claro está, que hay que ser igualitarios, inclusivos y dar visibilidad.
     Para redondear el pitorreo legislativo esta ley permite que la persona cambiante mantenga su nombre o no, y caso de cambiarlo que sea nombre de hombre o de mujer independientemente de esa «mención registral relativa al sexo»: «En la comparecencia se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.» «A efectos de determinar si la identificación resulta confusa no se otorgará relevancia a la correspondencia del nombre con el sexo o la identidad sexual de la persona.» Por ejemplo: un hombre biológico al que al nacer le llamaron «Antonio José Carlos Teodoro» seguirá siendo un hombre toda la vida, pero ahora inscrito con sexo femenino, y podrá mantener su nombre o cambiarlo por «Gerardo Daniel Federico Jesús», aunque también puede elegir ponerse «Úrsula Urraca Umbelina Ubaldina» (bueno, creo que en el Registro Civil solamente admiten dos nombres). Un disloque total entre la realidad biológica, la ficción registral relativa al sexo, los nombres antiguo y nuevo y todo lo que se ponga por delante. Eso sí, el texto perpetrado por las Cortes dice que el número del carnet de identidad no se puede cambiar ¡para que luego digan que las personas no somos números! «En todo caso, se conservará el mismo número del documento nacional de identidad.»
     En definitiva, en España el sexo a efectos legales no es más que una cosa que se pone en el Registro Civil sin ninguna relación con la realidad: la realidad biológica, la realidad socio-cultural, la realidad de cualquier tipo que queramos mencionar y que tenga algo de real. Esa mención al sexo podría ponerse por sorteo o no ponerse en absoluto pues ¿para qué anotar en documentos estatales algo que no tiene ninguna realidad? De seguir esa línea podríamos anotar en el Registro de la Propiedad una cosa como «Finca denominada “Ideología de Género”. Tiene una cabida de cero metros cuadrados. Linda al norte, en una longitud de cero metros, con…» Los registros públicos no deberían utilizarse para anotar la nada.
     En otra incoherencia de la legislación española, que podría estar redactada por personas bajo el efecto de drogas recreativas, si bien en realidad están bajo el efecto de drogas duras ideológicas como la ideología de género, resulta que la nada real de la inscripción registral del sexo supone un montón de privilegios legales para quienes se inscriben como mujeres (eso de la igualdad y el artículo 14 de la Constitución es pura mentira). Un hombre (en sentido biológico) puede aprovecharse de unos 476 privilegios (según un estudio que contabilizó los nacionales y autonómicos) con sólo ir al Registro Civil a decir que le apunten como mujer: menores penas por los mismos delitos y delitos que si los comete una mujer no son delitos, atenciones y dinero caso de sufrir violencia que no reciben los hombres, mayores pensiones de jubilación habiendo cotizado lo mismo, menores exigencias para opositar a empleos estatales, un enorme enjambre de subvenciones para emprender negocios… Si alguien se extraña de que sean muchos los hombres que piden anotarse como mujeres y pocas las mujeres que piden anotarse como hombres es porque está bajo el efecto de drogas duras ideológicas, y todos sabemos que las drogas anulan el raciocinio.
     Siendo claro que hombre y mujer no significan lo mismo en el sentido biológico y católico que en el sentido de la legislación española, igual que sustancia no significa lo mismo en Química que en Metafísica, cada uno de nosotros, cuando dice «soy hombre» o «soy mujer» debe distinguir el ámbito en que está hablando para no inducir equívocos en sus interlocutores, formalizar erróneamente documentos o fallar en sus relaciones con organismos del alucinante Estado español.
     Habrá quien por pura comodidad y rutina prefiera referirse a sí mismo con la misma palabra: «hombre» o «mujer» según el caso, en distintos contextos y a pesar de su distinto significado en cada uno; los habrá que sigan sin ser conscientes de que están hablando de cosas distintas y crean que tales palabras tienen el mismo sentido en todas partes. Otros más atentos a la realidad, sabiendo en qué mundo viven, acomodarán mejor sus palabras al contexto.
     La nueva legislación española no establece ninguna limitación, causa, pretexto, criterio objetivo o cosa parecida en lo que a ser hombre o mujer se refiere. Cuando un hombre biológico pide que le anoten en el Registro Civil como mujer civil no está mintiendo, no está diciendo que es mujer, o se siente mujer, o está intentando convertirse en mujer… Nada de nada, solamente tiene que decir «deseo la rectificación de la mención registral relativa al sexo»; dice que quiere que le cambien una anotación a la que la ley no atribuye ninguna realidad por otra anotación también desconectada de cualquier realidad objetiva.
     La mentira requiere decir lo que no se piensa e intención de engañar. El hombre que dice: «deseo la rectificación de la mención registral relativa al sexo» está diciendo lo que piensa de verdad porque de verdad desea ese cambio para conseguir los 476 privilegios ya referidos. Nadie está obligado a sufrir 476 discriminaciones porque en el Registro Civil ponga una palabra u otra, ambas sin significado legal. Tampoco tiene intención de engañar pues todos sabemos, empezando por los funcionarios del Registro Civil, que no están autorizado a cuestionar la decisión de ese hombre, que todo eso de la mención del sexo registral es un puro sinsentido, sin realidad alguna, y que se hace por las ventajas que tiene. Es como en el teatro: los actores pueden decir cosas muy contrarias a lo que piensan, pero no mienten porque no engañan a nadie, todos sabemos que es teatro y los actores no dicen lo que dicen porque lo crean, sino por ganarse el sueldo de actores.
     Lo anterior no quiere decir que debamos ser indiferentes o pasivos ante la disparatada legislación española. Debemos luchar porque las leyes sean conformes a la razón, distinguir el bien del mal y ayudar a los demás a distinguirlo en las normas estatales y en todos los demás ámbitos. Pero tampoco debemos magnificar las cosas que se publican en el Boletín Oficial del Estado y tomarlas como si fuesen sagradas. No podemos caer en cosas como: la Iglesia debe respetar el derecho de las mujeres al aborto, la Iglesia debe respetar los matrimonios homosexuales… Disparates que se llegan a oír de clérigos católicos que divinizan los demoniacos textos legales de los estados.
     Si los que se han hecho con el poder se dedican a legiferar, yo me tomaré sus textos como las tonterías y delirios que son, sin considerarme obligado en conciencia ni por lo más remoto, más bien obligado a incumplir y hasta sabotear su aplicación por medios moralmente lícitos. Y si en medio del montaje irracional que han creado encontramos un hueco por el que escaparnos de injusticias como lo son tantas discriminaciones que establecen las leyes, pues nos escapamos, como en otro orden muy distinto habrá que hacer en lo relativo a la Misa Tradicional del Rito romano.

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