martes, 15 de septiembre de 2015

Peligro de institucionalizar la hipocresía en la Iglesia

     Hace unos días el Papa ha publicado nuevas normas para los procesos de nulidad matrimonial. Dejando a un lado la buena voluntad de que todo sea más rápido y barato, y hasta más pastoral –de buenas intenciones está lleno el Infierno–, y dejando también de lado los problemas técnicos que algunos canonistas han señalado lo que veo de mayor relevancia práctica es la supresión de la segunda instancia automática, lo que se llama la doble sentencia de conformidad.
     Desde el siglo XVIII la norma es que las sentencias de nulidad matrimonial, además de poder ser apeladas a voluntad de las partes, lo más habitual en toda clase de sentencias, son objeto de una especie de apelación automática caso de ser favorables a la nulidad. La sentencia de nulidad en primera instancia es objeto de revisión por un juez de segunda instancia y, solamente, si ese segundo juez está conforme con la nulidad se puede ejecutar la sentencia, los anteriormente tenidos por esposos son libres de contraer matrimonio con otras personas. De la decisión de este segundo juez también cabe apelación.
     Ignoro la intención que tenía el Papa que hizo obligatoria esta segunda instancia, pero estoy convencido de que tuvo un gran acierta práctico. La necesidad de confirmación por un segundo juez retrasa el procedimiento pero le da una seriedad y garantía que la santidad de matrimonio, la voluntad claramente expresada por Cristo sobre su indisolubilidad, se merecen sobradamente.
     Los jueces eclesiásticos de primera instancia, sabedores de que toda su instrucción del proceso y su sentencia serán objeto de examen por otro juez, se vuelven más cuidadosos, si es que fuese necesario. Un sacerdote de mi familia, que fue juez prosinodal y en tal función hubo de sentenciar sobre casos de nulidad en primera instancia, decía que había que ser cuidadoso en tales procesos pues un error serio, denunciado por el juez de segunda instancia en su sentencia, dejaba desacreditado de por vida al que lo hubiese cometido. Y eso que mi pariente no tenía la menor tibieza ni doctrinal ni disciplinar en materia de matrimonio ni en ninguna otra que tuviese que ver con la Iglesia; no necesitaba que nadie lo vigilase, su conciencia del valor y seriedad de cuanto atañe a la Iglesia y de sus deberes sacerdotales era muy elevada.
     Ahora nos hallamos en una época de relajación disciplinar e infidelidad doctrinal verdaderamente diabólicas, la contaminación que se padece en el seno de la Iglesia de la ideología mundana del divorcio y el pansexualismo es de espanto, la actitud herética y cismática de episcopados nacionales casi completos es descarada y parecen más falsía que otra cosa las actitudes que se niegan a verla… y en estas condiciones quitamos una garantía, un freno a los que desprecian la indisolubilidad del matrimonio y están a favor del adulterio, o sea, del divorcio seguido de nuevo matrimonio.
     Mi alarma por la posibilidad, más bien certeza, de que se van a dar muchas sentencias de falsa nulidad por parte de los obispos y jueces favorables al adulterio –y no solamente muchas, sino todas las que quieran los solicitantes– ha subido de punto al leer que esto ya ha ocurrido en la Iglesia, y no en tiempos y lugares remotos, sino en nuestra época y a la vista de todos. Así lo cuentan en Germinans Germinabit http://germinansgerminabit.blogspot.com.es/2015/09/el-motu-proprio-del-papa.html
     «… como dijo la vox pópuli cuando se promulgaron normas parecidas en Estados Unidos entre julio de 1971 y octubre de 1983, instituir el “divorcio católico”. En efecto, establecidas las “Normas provisionales”, que eliminaban la doble sentencia de conformidad y dejaban las declaraciones de nulidad en manos de los obispos, el hecho fue que la Conferencia Episcopal no negó ni una sola, entre los centenares de miles que la solicitaron. Así fue como percibieron ese experimento los católicos norteamericanos: como “divorcio católico”. Visto cómo fue administrada la norma y cómo fue percibida por los fieles su aplicación, en 1983 el Vaticano dio marcha atrás.»
     Si la aplicación práctica de las nuevas normas sobre procesos de nulidad matrimonial va por donde sospecho, especialmente en algunos países como Alemania y otros europeos, la Iglesia entrará en una fase de hipocresía institucional; por un lado se afirmará dogmáticamente la indisolubilidad del matrimonio y por otro disolución de matrimonios a mansalva. El dogma es inmune a los pecados de los pastores, el pecar masivamente contra un mandamiento de Dios no lo anula, pero esa es mi visión de fe, no lo que va a percibir el Mundo. La firmeza doctrinal de la Iglesia es una de sus factores de credibilidad y un atractivo para gentes a las que Dios llama por ese medio ¿pero quién será capaz de ver ahora esa firmeza doctrinal?

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